
El Ministerio de Salud a través de la resolución 890 del 3 de junio de 2020, fijó las normas de bioseguridad en propiedades horizontales que deben ser adoptadas para la prevención del coronavirus.
La norma establece reglamentos en cuanto a zonas comunes, mudanzas, recepción de domicilios, manejo de mascotas, entre otras.
En cuanto a las mascotas, la resolución hace referencia a que estas se deben pasear fuera de las zonas comunes del edificio.
Por otro lado, establece que los domicilios se deben recibir en la portería del edificio por el personal de vigilancia y por la persona encargada del inmueble que solicita el servicio. Y la correspondencia debe venir sellada y la debe recibir el personal de vigilancia.
En cuanto al ingreso a zonas comunes de uso no esencial como piscinas, salón social, gimnasio, cancha de squash, spa, entre otras, deberá permanecer suspendido. La administración de la copropiedad deberá supervisar el desarrollo y efectividad de dicha normatividad para la convivencia y seguridad de sus copropietarios.
Fuente: Portafolio
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