El articulo 82 de la ley 675 de propiedad horizontal establece que es obligación de los administradores y encargados de conjuntos residenciales, hacer el mantenimiento periódico en zonas comunes, en especial a los ascensores, escaleras, bombas de agua, desagues, plantas eléctricas y tuberías de aguas negras.
Omar Cortés, gerente de Edifito.co, dice que el buen estado del parque infantil también es importante en el esquema de mantenimiento que debe hacer la administración de una propiedad horizontal y el mantenimiento de las áreas comunes son necesarias para la seguridad de los residentes y de todas las personas que frecuentan estos espacios.
También manifesto que el dinero que se utiliza para las reparaciones es recaudado mensualmente por las cuotas de administración o extraordinarias, pero la responsabilidad de realizar mejoras y hacer seguimiento del mantenimiento es del administrador, especialmente de aquellas que representan un peligro y ademas debe responder inmediatamente frente a las reparaciones necesarias que evitan incidentes mayores que afectan a los apartamentos y personas.
Los manejos inadecuados y no lo suficientemente profesionales de parte de algunos administradores pueden tener repercusiones negativas y peligrosas para habitantes y visitantes de estas áreas. Por ejemplo, la alcaldia de Bogotá ordenó cerrar 7 ascensores de un conjunto residencial en la localidad de Kennedy dado a que presentaban fallas que perjudicaron a sus residentes. Por eso es importante realizar el mantenimiento e inspección de los ascensores, los cuales hacen parte de las zonas comunes; asi es posible identificar riesgos para mitigarlos.
Cortés también recalca la necesidad de tecnificar los procesos administrativos de los condominios para lograr transparencia y efectividad en los mismos, y que la comunicación en tiempo real con los residentes es indispensable para tener una buena organización. Añade que la forma artesanal en la que se manejan las administraciones debe acabar.
Diego Rodríguez, director técnico nacional del Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC, manifiesta que en las ciudades donde no es obligatorio simplemente la inspección de ascensores no se adelanta y no es posible identificar si los equipos tienen algún tipo de problema leve, grave o muy grave.
La inspección de los ascensores debe hacerse como mínimo una vez al año, quedando evidenciada en un certificado de conformidad dentro de los equipos; cuando no cuentan con ellos se presume que no la han hecho.
Las principales causas de accidentes en ascensores del país son por fallas eléctricas, falta de mantenimiento, uso inadecuado del sistema y fallas de instalación. En Bogotá, donde se estima que hay 9.500 edificaciones y 6000 de ellas adelantan visitas por las autoridades distritales, se han registrado entre el 2018 y 2019, 1191 incidentes.
Carlos Torres, subdirector de emergencias del IDIGER, dice que el numero de certificaciones era solo del 12% pero que ha ido en aumento llegando al 58%.
Fuente: La Opinión
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