La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la bioseguridad como aquellas normas, técnicas y prácticas aplicadas por el personal con el fin de evitar la exposición no intencional a patógenos y toxinas, o su liberación accidental, pudiendo estos incidir en la salud de los trabajadores. La bioseguridad es de suma importancia ya que en ella está la vida de las personas por lo que con ella podemos evitar miles de enfermedades, virus y bacterias.
Protocolos aplicables al sector construcción
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio del Trabajo emitieron la Circular Conjunta número 001 de 2020 que establece medidas preventivas y de mitigación para reducir la exposición y contagio por infección respiratoria aguda causada por el Sars-cov-2 (Covid-19).
Está dirigida a actores del sector de la construcción de edificaciones (residenciales y no residenciales) y su cadena de suministro tales como ferreterías, productores de insumos, vidrio, entre otros. No aplica para actores relacionados con labores de remodelación y autoconstrucción.
¿Quiénes son los responsables de su aplicación?
Todos los actores que está involucrados en las obras tales como: los responsables de los trabajadores, los líderes de obra, administradoras de riesgos laborales, los trabajadores, profesional de seguridad y salud en el trabajo, contratistas y oficiales de obra, entre otros.
¿Se establecen medidas para el trabajador fuera de las obras?
Sí. Se establecen medidas que los trabajadores deben atender al salir de la vivienda, al regresar a la vivienda y al convivir con una persona de alto riesgo.
¿Desde cuándo se empezará a aplicar?
A partir del 27 de abril de 2020.
¿Dónde debo radicar los protocoles?
plancovidconstruccion@minvivienda.gov.co antes del 30 de abril.
Medidas más importantes:
Higiene personal e interacción social.
Áreas, horarios y turnos de trabajo.
Elementos e insumos de control biológico.
Medidas preventivas para el personal que visite los proyectos.
Charlas y capacitaciones.
Orientaciones.
¿Desde cuándo se empezará a aplicar?
Según el Decreto 531, Art. 3 No. 18, desde el 8 de abril de 2020.
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